ZIVITAS SE INTEGRA EN EL GRUPO INMHO

ZIVITAS se ha integrado dentro del grupo INMHO, con el objetivo de dar un servicio mejor y más completo a sus clientes.




La oficina de Lapuyade, 11 se encuentra cerrada desde el 01/05/2025. A partir de esa fecha se atenderán las visitas en la oficina central de Inmho, en la Calle Dr. Horno Alcorta, 10-12, Local.

El teléfono de atención al cliente sigue funcionando, si bien pueden llamar directamente al teléfono directo de Inmho, el 976230023.


REAL DECRETO 8/2021, DE 4 DE MAYO. SUSPENSIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE CONVOCAR JUNTAS DE PROPIETARIOS HASTA EL 31/12/2021.

El Real Decreto 8/2021, de 4 de Mayo, en su capítulo dos establece medidas extraordinarias aplicables a las Juntas de propietarios de las comunidades en Régimen de Propiedad Horizontal:

- Se suspende la obligación de convocar y celebrar Juntas de propietarios en las comunidades sujetas al régimen de propiedad Horizontal hasta el 31 de diciembre de 2021.

- En este periodo queda suspendida la obligación de aprobar un plan de ingresos y gastos, las cuentas correspondientes y el presupuesto anual.

- En este periodo se entiende prorrogado hasta la celebración de la junta correspondiente el último presupuesto anual y los nombramientos de los órganos de gobierno, aunque hubiese expiado el plazo legal o estatutariamente establecido con anterioridad a este decreto.

- Excepcionalmente, la Junta de propietarios podrá reunirse a solicitud del Presidente o la cuarta parte de los propietarios, o un número de estos que representen al menos el 25% de las cuotas, si fuera necesario la adopción de un acuerdo que no pudiera demorarse hasta el 31 de diciembre de 2021. Entre ellos se entenderá en todo caso los atinentes a las obras, actuaciones e instalaciones mencionadas en el artículo 10.1 b de la Lph.

- En este supuesto de excepcionalidad previsto en el artículo 3, la junta de propietarios podrá celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, cumpliendo estos requisitos:

    1.- Que todos los propietarios dispongan de medios necesarios, lo que deberá ser comprobado por el administrador con antelación a la Junta.

    2.- El secretario reconozca la identidad de los propietarios y así lo exprese en la Junta.

En este caso de Junta telemática o por conferencia telefónica múltiple el acuerdo se entenderá adoptado en el domicilio del secretario o secretario administrador.

- En el supuesto de excepcionalidad de este artículo será también posible la adopción de acuerdo sin celebración de junta mediante la emisión de voto por correo postal o comunicación telemática, cumpliendo las garantías de que participen todos los propietarios, que se identifique al remitente y la recepción de la comunicación. Para ello, será el Presidente de la Comunidad quien solicitara el voto a todos los propietarios mediante un escrito en que se hará constar la fecha, el objeto de la votación que deberá expresarse de manera clara, la dirección o direcciones habilitadas para el envío del voto y el plazo para emitirlo, que será de diez días. El acuerdo se entenderá adoptado en el domicilio del secretario o secretario administrador el último día del plazo establecido, sin embargo, el momento de inicio de la junta será el de la solicitud de voto por parte del Presidente.

- Igualmente la Junta de propietarios podrá celebrarse de forma presencial cuando se garanticen las medidas de seguridad establecidas en cada momento.

- Será causa de impugnación los acuerdos adoptados con incumplimiento de las garantías de participación e identificación que se establecen en este artículo, artículo 3 del Real Decreto.

NIVEL DE ALERTA 3, AGRAVADO

Desde el día 6 hasta el 30 de Noviembre al confinamiento perimetral de las ciudades de Zaragoza, Huesca y Teruel, se une el confinamiento perimetral de las provincias de Zaragoza, Huesca y Teruel y de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Breve esquema explicativo (pulse sobre él para ampliarlo):


Desde el día 9 de Noviembre y hasta el día 30, pasamos además a Nivel de Alerta 3, Agravado. 

Breve esquema explicativo (pulse sobre él para ampliarlo):




CONSEJOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL ASCENSOR

Guía sobre utilización de ascensores durante la pandemina COVID-19,  editada por la Federación Empresarial Española de Ascensores:



PENDIENTES DE LAS NECESIDADES DE LOS PROPIETARIOS



@cafaragon en el especial de @heraldoes, con motivo del día de Aragón, en el que se reconoce la labor extraordinaria de los distintos servicios esenciales. #AFCActividadEsencial #AFColegiados

26/04/2020. USO DE ZONAS COMUNES POR NIÑOS

 TWITTER CGCAFE


Respecto a lo publicado en el BOE, el día 25/04/2020 desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España, se explica que lo que el mismo regula es lo siguiente:

Los niños/as podrán dar un paseo diario en vías o espacios de uso público manteniendo distancia de seguridad.


Sanidad establece que no estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas. No se ha autorizado la apertura de ningún espacio comunitario.


Por lo tanto, deben permanecer cerrados todos los espacios y elementos comunes que actualmente no pueden utilizarse.


Como máximo será de 1 hora de duración, entre las 9:00 y las 21:00 horas y hasta 1 Km. de distancia de su hogar.

Grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños/as.

#ARAGÓN CONTIGO EN CASA

Compartimos el cartel que nos envía el Gobierno de Aragón, sobre recomendaciones contra la pandemia de Coronavirus.



PROLONGADO EL ESTADO DE ALARMA HASTA MEDIADOS DE ABRIL

Según informan los medios de comunicación, hoy domingo 22/03/20 el Presidente del Gobierno ha comunicado a los Presidentes autonómicos que el Estado de Alarma se prolonga dos semanas más de lo previsto en un principio.

Así pues, tenemos que mantenernos todos en nuestros domicilios hasta nueva orden.

Aunque son varios los proveedores de servicios extraordinarios (empresas multigremios, principalmente) que nos han comunicado que se van a acoger a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, se mantienen todos los servicios de mantenimiento contratados de empresas de limpieza, mantenimiento de ascensores, mantenimiento de sala de calderas, agua caliente y calefacción, etc. si bien en muchos casos con servicios mínimos.

En Zivitas, seguimos ofreciendo nuestros servicios mediante teletrabajo (Teléfono: 976384262. Email:administracion@zivitas.es) para que ninguna de las comunidades de propietarios que administramos quede desatendida. 

Esperamos que las medidas adoptadas por España funcionen y que de no ser así, se adopten cuanto antes aquellas que sean necesarias, para poder retomar todos nuestra actividad laboral y, lo que es más importante, la normalidad en nuestras vidas.







ZGZ AYUDA

El ayuntamiento de Zaragoza, @zaragoza_es lanza #ZGZAyuda, una nueva plataforma digital para encauzar la solidaridad ciudadana contra el Coronavirus.









RESIDUOS DOMÉSTICOS Y CORONAVIRUS

Con motivo de la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el ESTADO DE ALARMA para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha sido emitida por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico una Instrucción sobre gestión de residuos domésticos y el COVID-19. 


Según dicha Instrucción, el Ayuntamiento de Zaragoza ha emitido una nota de prensa y un folleto sobre el manejo domiciliario de los residuos en hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19, atendiendo el principio de precaución.













CORONAVIRUS

En Zivitas, nos sumamos a las medidas propuestas por el Colegio de Administradores de Fincas de Aragón. @cafaragon.

Hay que colaborar para contener la epidemia en aquello que esté en nuestras manos.




Agradecemos a los Presidentes y propietarios de las comunidades que administramos su colaboración. Son días de mucha incertidumbre, y aunque en Zaragoza ahora no parece que haya muchos casos, preferimos recibir críticas por exceso de prevención, que por defecto de acción.

Los clientes con los que más contacto tenemos son en su mayor parte pensionistas, es decir población de riesgo. Por ello consideramos oportuno tomar las medidas que nos indican que son efectivas.


Servicio de Atención Telefónica a personas mayores


Desde el Colegio de Administradores de Fincas de Aragón nos piden que demos difusión a la campaña del Gobierno de Aragón para dar a conocer el Servicio de Atención Telefónica a personas mayores en lo que ahora se llama soledad no deseada.
Así lo hacemos.:



CAMPAÑAS AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA: WC NO ES PAPELERA. PELIGRO DE LAS TOALLITAS.

Desde Zivitas, Administración de Fincas, nos unimos al Ayuntamiento de Zaragoza en su campaña para recordar al ciudadano que no se deben utilizar los inodoros como papeleras. 
Esta práctica produce no pocos atascos de tuberías comunitarias, así como de tuberías municipales, lo que provoca siniestros en las Comunidades de propietarios, cuyos costes económicos, daños y  molestias se podrían evitar fácilmente.

W.C. NO ES PAPELERA.



PELIGRO DE LAS TOALLITAS.


Terrazas comunitarias de uso privativo. Realidades y falsos mitos.

Es habitual que en las Comunidad de Propietarios existan terrazas que se definen como elementos comunes de uso privativo. En ellas el propietario de un piso tiene el usufructo de la misma, pero no la propiedad. Es decir, estas terrazas tienen por un lado la condición de elemento común (por ser cubierta de la planta inferior) y por otro la de elemento privativo (porque su uso corresponde al propietario de la planta superior).

Los problemas vienen cuando se produce una filtración desde una de estas terrazas a la planta inferior. En ese caso ¿de quién es la responsabilidad de la reparación de estos elementos comunes de uso privativo? ¿Del propietario o de la Comunidad? 

La respuesta es que depende de la localización de la causa que genera la filtración:

Si la filtración se origina a consecuencia de deficiencias en el mantenimiento de la terraza, la reparación será a cargo del propietario que la utiliza, por incumplimiento de lo establecido en el apartado a) del artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que no está de más recordar:

1. Son obligaciones de cada propietario:


  • a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.



Si la causa de la filtración se debe a un defecto en la impermeabilización de la terraza o al deterioro de la tela asfáltica, la reparación será a cargo de la Comunidad de propietarios, en virtud del artículo 10.1 de la LPH.

Hay en circulación un FALSO MITO que dice que el usufructuario está obligado a pagar el 25% de la reparación por el mero hecho de tener el uso y disfrute de la terraza, sea cual sea la causa que haga necesaria esa reparación. Pues bien, esto no tiene ningún respaldo legal, ni fundamento alguno. Es totalmente falso.

Para determinar la responsabilidad de la reparación de elementos comunes de uso privativo hay que dilucidar previamente si el deterioro está en la parte que pisa el usuario (el solado que se ve), en ese caso lo paga el propietario, o si la avería está en la zona interna que no se ve (defecto de la estructura, de la capa impermeabilizante, etc) en cuyo caso la reparación la paga la Comunidad. Y para ello, para localizar el origen de las filtraciones, lo recomendable es basarse en un informe técnico.

AYUDAS PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS

Tras asistir a las jornadas organizadas por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en Zaragoza, se ha obtenido información para las ayudas a la rehabilitación en Aragón.
Se prevé que la última semana de julio o primera de agosto se publicará en el BOA la ORDEN del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas y edificios en Aragón para el año 2018.
La Mesa por la rehabilitación de la edificación en Aragón ha realizado un resumen con los puntos más importantes de estas subvenciones, se van a destinar 12 millones de € de fondos públicos, para fomentar la rehabilitación de edificios y viviendas en Aragón.
 1.- Presentación de las solicitudes:
  • Del 20 de agosto al 28 de septiembre de 2018, ambos inclusive.
 2.- Programas:
  • Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética.
  • Programa de fomento de la mejora de la conservación y de la accesibilidad.
 3.- Líneas de subvenciones:
 3.1- LÍNEA 1. Viviendas unifamiliares:
 a) Actuaciones subvencionables: elementos privativos del edificio.
  • Eficiencia energética:
    • Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en un 35% (para Zaragoza).
    • Nuevas instalaciones de climatización, calefacción, etc. o renovación de las existentes.
  • Conservación de cubiertas:
    • Reparación de elementos estructurales, estanquidad, desamiantado. Se deberá cumplir a posteriori con DB-HE1 y DB-HS1.
  • Accesibilidad:
    • Ascensores, rampas, accesibilidad universal en espacios del interior de la vivienda. Ajustes razonables.
b) Beneficiarios: Propietarios de las viviendas (o inquilinos de acuerdo con el propietario


c) Cuantía de las ayudas:

  • Límite máximo del 40 % del coste subvencionable (hasta el 60% bajo ciertas condiciones).
  • Cuantías máximas:
    • Conservación: 3.000 €/vivienda.
    • Accesibilidad: 8.000 €/vivienda.
    • Conservación + accesibilidad: 8.000 €/vivienda.
    • Eficiencia energética: 12.000 €/vivienda.
    • Accesibilidad + Eficiencia energética: 20.000 €/vivienda.
    • Edificios BIC: 1.000 € adicionales.
 3.2.- LÍNEA 2. Pisos (sólo accesibilidad) :
a) Actuaciones subvencionables: accesibilidad interior de la vivienda.
b) Beneficiarios: Propietarios de las viviendas en las que residan personas con una discapacidad ≥33% o tengan 65 años o más.
c) Cuantía de las ayudas:
  • Límite máximo del 40 % del coste subvencionable (hasta el 60% bajo ciertas condiciones)
  • Cuantías máximas:
    • 8.000 €/vivienda.
 3.3.- LÍNEA 3. Edificios de viviendas:
a) Actuaciones subvencionables: elementos comunes del edificio.
  • Eficiencia energética:
    •  
    • Nuevas instalaciones de climatización, calefacción, etc. o renovación de las existentes.
  • Conservación de cubiertas:
    • Reparación de elementos estructurales, estanquidad, desamiantado. Se deberá cumplir a posteriori con DB-HE1 y DB-HS1.
  • Accesibilidad:
    • Ascensores, rampas, accesibilidad universal en espacios del interior de la vivienda. Ajustes razonables.
    • Elementos de información y comunicación.
b) Beneficiarios:
  • Propietarios únicos de edificios de viviendas.
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades.
  • Propietarios de forma agrupada (396 Código Civil) sin propiedad horizontal.
  • Cooperativas de propietarios.
  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.
  • Empresas de servicios energéticos.
  • Propietarios individuales de las viviendas que accedan a una ayuda complementaria por vivienda.
c)Cuantía de las ayudas:
  • Límite máximo del 40 % del coste subvencionable (hasta el 60% bajo ciertas condiciones).
  • Cuantías máximas:
    • Conservación: 3.000 €/vivienda, 30 €/m2 local.
    • Accesibilidad: 8.000 €/vivienda, 80 €/m2 local.
    • Eficiencia energética: 8.000 €/vivienda, 80 €/m2 local.
    • Edificios BIC: 1.000 € adicionales, 10 €/m2 local.
    • Posibilidad de ayuda complementaria adicional del hasta el 20 % del coste subvencionable para rentas bajas, a conceder de forma individual dentro de un edificio.
 4.- Condiciones generales:
  • Coste subvencionable: se considerarán costes que podrán ser incluidos en la subvención:
    • Los referidos a la redacción de proyectos, memorias, certificados e informes técnicos necesarios para la ejecución de las obras, de acuerdo con la normativa aplicable; también los costes de ejecución de la obra, así como todos los gastos necesarios para la puesta en marcha y autorización de las instalaciones, los honorarios de los profesionales directamente relacionados con la ejecución de la actuación subvencionable, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, debidamente justificados.
    • El resto de los gastos necesarios.
    • No están incluidos el IVA, ni los costes de licencia.
  • Beneficiarios: Propietarios, usufructuarios o inquilinos que asuman los gastos de acuerdo con contrato y propietario.
 5.- Requisitos:
  • Edificios construidos antes de 1.996. Podrán optar edificios >1.996 si son para obras de accesibilidad con personas con discapacidad ≥ 33%.
  • Informe técnico justificando la necesidad, con los criterios de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.
  • Proyecto técnico.
  • Licencia (o en su defecto petición de la misma).
  • Compatibilidad de otras subvenciones hasta el 80 % del coste total de la actuación.
 6.- Presentación de solicitudes: toda la documentación se podrá presentar de forma telemática o presencial.
 7.- Aceptación y renuncia a la subvención:
  • Se notificará la propuesta de resolución, y se deberá aceptar o renunciar en un plazo de 10 días. En caso de renuncia de propondrá al siguiente solicitante por orden de puntuación.
  • La aceptación implica asumir todas las condiciones.
 8.- Plazo de ejecución de las obras:
  • 24 meses desde el inicio o la concesión.
  • 26 meses si el edificio tiene más de 40 viviendas.
  • Hasta 6 meses adicionales, en caso de demora de la licencia.
  • Se admiten obras iniciadas, pero sin terminar antes de la publicación de la convocatoria.
  • En caso de obras iniciadas, sólo serán subvencionable las partes de la obra ejecutadas y los gastos comprometidos con posterioridad al 1 de enero de 2018.
 Desde La Mesa por la rehabilitación de la edificación en Aragón os animamos a todos los particulares y comunidades de propietarios a participar de esta convocatoria de subvenciones.
Presentación completa en este enlace.

ACERCA DE NOSOTROS

ZIVITAS  es una empresa dedicada a la ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN de Comunidades de Propietarios. Nuestra misión es APORTAR SOLUCIONES Y CREAR...