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REAL DECRETO 8/2021, DE 4 DE MAYO. SUSPENSIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE CONVOCAR JUNTAS DE PROPIETARIOS HASTA EL 31/12/2021.

El Real Decreto 8/2021, de 4 de Mayo, en su capítulo dos establece medidas extraordinarias aplicables a las Juntas de propietarios de las comunidades en Régimen de Propiedad Horizontal:

- Se suspende la obligación de convocar y celebrar Juntas de propietarios en las comunidades sujetas al régimen de propiedad Horizontal hasta el 31 de diciembre de 2021.

- En este periodo queda suspendida la obligación de aprobar un plan de ingresos y gastos, las cuentas correspondientes y el presupuesto anual.

- En este periodo se entiende prorrogado hasta la celebración de la junta correspondiente el último presupuesto anual y los nombramientos de los órganos de gobierno, aunque hubiese expiado el plazo legal o estatutariamente establecido con anterioridad a este decreto.

- Excepcionalmente, la Junta de propietarios podrá reunirse a solicitud del Presidente o la cuarta parte de los propietarios, o un número de estos que representen al menos el 25% de las cuotas, si fuera necesario la adopción de un acuerdo que no pudiera demorarse hasta el 31 de diciembre de 2021. Entre ellos se entenderá en todo caso los atinentes a las obras, actuaciones e instalaciones mencionadas en el artículo 10.1 b de la Lph.

- En este supuesto de excepcionalidad previsto en el artículo 3, la junta de propietarios podrá celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, cumpliendo estos requisitos:

    1.- Que todos los propietarios dispongan de medios necesarios, lo que deberá ser comprobado por el administrador con antelación a la Junta.

    2.- El secretario reconozca la identidad de los propietarios y así lo exprese en la Junta.

En este caso de Junta telemática o por conferencia telefónica múltiple el acuerdo se entenderá adoptado en el domicilio del secretario o secretario administrador.

- En el supuesto de excepcionalidad de este artículo será también posible la adopción de acuerdo sin celebración de junta mediante la emisión de voto por correo postal o comunicación telemática, cumpliendo las garantías de que participen todos los propietarios, que se identifique al remitente y la recepción de la comunicación. Para ello, será el Presidente de la Comunidad quien solicitara el voto a todos los propietarios mediante un escrito en que se hará constar la fecha, el objeto de la votación que deberá expresarse de manera clara, la dirección o direcciones habilitadas para el envío del voto y el plazo para emitirlo, que será de diez días. El acuerdo se entenderá adoptado en el domicilio del secretario o secretario administrador el último día del plazo establecido, sin embargo, el momento de inicio de la junta será el de la solicitud de voto por parte del Presidente.

- Igualmente la Junta de propietarios podrá celebrarse de forma presencial cuando se garanticen las medidas de seguridad establecidas en cada momento.

- Será causa de impugnación los acuerdos adoptados con incumplimiento de las garantías de participación e identificación que se establecen en este artículo, artículo 3 del Real Decreto.

NIVEL DE ALERTA 3, AGRAVADO

Desde el día 6 hasta el 30 de Noviembre al confinamiento perimetral de las ciudades de Zaragoza, Huesca y Teruel, se une el confinamiento perimetral de las provincias de Zaragoza, Huesca y Teruel y de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Breve esquema explicativo (pulse sobre él para ampliarlo):


Desde el día 9 de Noviembre y hasta el día 30, pasamos además a Nivel de Alerta 3, Agravado. 

Breve esquema explicativo (pulse sobre él para ampliarlo):




CONSEJOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL ASCENSOR

Guía sobre utilización de ascensores durante la pandemina COVID-19,  editada por la Federación Empresarial Española de Ascensores:



PENDIENTES DE LAS NECESIDADES DE LOS PROPIETARIOS



@cafaragon en el especial de @heraldoes, con motivo del día de Aragón, en el que se reconoce la labor extraordinaria de los distintos servicios esenciales. #AFCActividadEsencial #AFColegiados

26/04/2020. USO DE ZONAS COMUNES POR NIÑOS

 TWITTER CGCAFE


Respecto a lo publicado en el BOE, el día 25/04/2020 desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España, se explica que lo que el mismo regula es lo siguiente:

Los niños/as podrán dar un paseo diario en vías o espacios de uso público manteniendo distancia de seguridad.


Sanidad establece que no estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas. No se ha autorizado la apertura de ningún espacio comunitario.


Por lo tanto, deben permanecer cerrados todos los espacios y elementos comunes que actualmente no pueden utilizarse.


Como máximo será de 1 hora de duración, entre las 9:00 y las 21:00 horas y hasta 1 Km. de distancia de su hogar.

Grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños/as.

#ARAGÓN CONTIGO EN CASA

Compartimos el cartel que nos envía el Gobierno de Aragón, sobre recomendaciones contra la pandemia de Coronavirus.



PROLONGADO EL ESTADO DE ALARMA HASTA MEDIADOS DE ABRIL

Según informan los medios de comunicación, hoy domingo 22/03/20 el Presidente del Gobierno ha comunicado a los Presidentes autonómicos que el Estado de Alarma se prolonga dos semanas más de lo previsto en un principio.

Así pues, tenemos que mantenernos todos en nuestros domicilios hasta nueva orden.

Aunque son varios los proveedores de servicios extraordinarios (empresas multigremios, principalmente) que nos han comunicado que se van a acoger a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, se mantienen todos los servicios de mantenimiento contratados de empresas de limpieza, mantenimiento de ascensores, mantenimiento de sala de calderas, agua caliente y calefacción, etc. si bien en muchos casos con servicios mínimos.

En Zivitas, seguimos ofreciendo nuestros servicios mediante teletrabajo (Teléfono: 976384262. Email:administracion@zivitas.es) para que ninguna de las comunidades de propietarios que administramos quede desatendida. 

Esperamos que las medidas adoptadas por España funcionen y que de no ser así, se adopten cuanto antes aquellas que sean necesarias, para poder retomar todos nuestra actividad laboral y, lo que es más importante, la normalidad en nuestras vidas.







ZGZ AYUDA

El ayuntamiento de Zaragoza, @zaragoza_es lanza #ZGZAyuda, una nueva plataforma digital para encauzar la solidaridad ciudadana contra el Coronavirus.









RESIDUOS DOMÉSTICOS Y CORONAVIRUS

Con motivo de la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el ESTADO DE ALARMA para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha sido emitida por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico una Instrucción sobre gestión de residuos domésticos y el COVID-19. 


Según dicha Instrucción, el Ayuntamiento de Zaragoza ha emitido una nota de prensa y un folleto sobre el manejo domiciliario de los residuos en hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19, atendiendo el principio de precaución.













CORONAVIRUS

En Zivitas, nos sumamos a las medidas propuestas por el Colegio de Administradores de Fincas de Aragón. @cafaragon.

Hay que colaborar para contener la epidemia en aquello que esté en nuestras manos.




Agradecemos a los Presidentes y propietarios de las comunidades que administramos su colaboración. Son días de mucha incertidumbre, y aunque en Zaragoza ahora no parece que haya muchos casos, preferimos recibir críticas por exceso de prevención, que por defecto de acción.

Los clientes con los que más contacto tenemos son en su mayor parte pensionistas, es decir población de riesgo. Por ello consideramos oportuno tomar las medidas que nos indican que son efectivas.


ACERCA DE NOSOTROS

ZIVITAS  es una empresa dedicada a la ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN de Comunidades de Propietarios. Nuestra misión es APORTAR SOLUCIONES Y CREAR...